Reflexiones sobre una ciudadanía cada vez más transparente.
El 21 de mayo de 2007 la web del Diario ELPAÍS.COM publicaba el siguiente titular "Reino Unido pretende convertir a todo tipo de funcionario en soplones de la policía". El titular tenía como subtítulo "El historial mental de ciudadanos puede llegar a circular por varias agencias de seguridad, si se aplica el plan". La noticia no dejaba de ser inquietante pues señalaba que "El Ministerio del Interior británico pretende que los funcionarios municipales, los médicos y otros profesionales contribuyan a prevenir delitos o informen a las autoridades de aquellas personas de las que sospechan que podrían llegar a cometerlos". En este sentido la noticia recogía que "los organismos públicos tendrán acceso a valiosa información sobre personas de las que exista el peligro de que comentan graves actos de violencia o de que inversamente puedan convertirse en víctimas".
Actualizado (Martes, 12 de Agosto de 2008 16:08)
Notas a la LO 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial ...Notas a la Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN. Señala el preámbulo de la citada norma que “el ácido desoxirribonucleico (ADN), componente químico del núcleo celular, se ha convertido en un instrumento esencial en la técnica que la moderna medicina forense utiliza para la investigación de delitos por parte de las autoridades judiciales y policiales”. No obstante lo anterior, el citado preámbulo se hace eco de las numerosas dificultades de la utilización de los datos relacionados con el ADN, “especialmente en lo relativo a su obtención y registro de cara a su empleo en el curso de ulteriores investigaciones”, motivado todo ello “por el carácter sensible que dichos datos tienen y el importante grado de protección con que, naturalmente, deben contar”, sin olvidar “la inexistencia de un marco jurídico que regule adecuadamente su empleo”. Actualizado (Martes, 12 de Agosto de 2008 16:02) Derechos-Tics. Derechos en el siglo XXI.Notas sobre los Derechos-Tics. Derechos en el siglo XXI. Comienzo este artículo con una serie preguntas ¿por qué se alude a los derechos-tics como derechos en el siglo XXI desde el punto de vista constitucional? ¿Cómo afectan las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones a los derechos fundamentales? ¿Qué riesgos conllevan la utilización abusiva de las mismas? Actualizado (Martes, 12 de Agosto de 2008 16:01) |
El "principio de seguridad" de los datos y el abandono de currículum en contenedores.
La Agencia Española de Protección de Datos considera que el abandono de currículum en contenedores constituye una infracción del artículo 9 de la LOPD, tipificada como grave en virtud del artículo 44.3.h) de la citada norma. (Véase la Resolución R/oo584/2007). Actualizado (Martes, 12 de Agosto de 2008 16:10) Los límites a la libertad de expresión en Internet.
ELPAIS.COM de fecha 09/01/2008 se hace eco de una noticia que cuestiona los límites de la libertad de expresión a través de Internet. El titular señala que son “Detenidos cinco jóvenes en Vizcaya por vejar a un discapacitado y colgarlo en Internet”. La noticia recoge el lamentable suceso acaecido cuando un grupo de jóvenes raparon la cabeza y las cejas a un discapacitado psíquico y tras gravar con sus teléfonos móviles las imágenes, colgaron las mismas en un portal de Internet. Lamentablemente este suceso no es nuevo pues hace unos meses saltó la alarma sobre la licitud de unas imágenes colgadas en el famoso portal de YouTube y en donde era otro discapacitado el objeto de burlas y agresiones.
Actualizado (Martes, 12 de Agosto de 2008 16:05) |

